La propiedad horizontal, sus actividades nacen a través de la integración de grupos e individuos hace muchos siglos. Su primera aparición fue por medio de las tribus de cazadores que existieron en tiempos remotos, estos compartían la tierra entre tribus con el fin de mantenerse a salvo de posibles enemigos.
Este tipo de integración entre individuos, tribus y comunidades se mantuvo durante muchas eras de la humanidad y a medida que transcurrió el tiempo fue evolucionando; llegando a la época grecorromana (510 a. C.), los romanos antes de la era cristiana, por los periodos de reinatos, monarquías y durante el renacimiento.
Aunque la propiedad horizontal data desde hace muchos siglos, su regulación y normatividad se ha transformado a medida que pasa el tiempo y surgen nuevas necesidades, desarrollos en la construcción y cambios en la forma de vivir.
En Colombia, la propiedad horizontal aparece en nuestra historia debido a las consecuencias que trajo el Bogotazo con la muerte del líder político de la época Jorge Eliécer Gaitán, el 9 de Abril de 1948.
El bogotazo generó una serie de disturbios que ocurrieron en la capital colombiana. Juan Roa Sierra, quien fue el autor de la muerte de Jorge Eliécer Gaitán, fue perseguido por la multitud quienes posteriormente arrastraron su cadáver hasta la Casa de Nariño.
A raíz de estos sucesos, hubo grandes daños y afectación en muchas construcciones y viviendas. Por este motivo, el 29 de diciembre de 1948 se creó la ley 182 de 1948. Su finalidad fue estimular las construcciones y mejoras de varios pisos que se vieron afectados por los disturbios; fue a través de esta ley que la propiedad horizontal comenzó a reglamentarse en nuestro país.
Sin embargo, la ley 182 de 1948, posteriormente fue reglamentada por los decretos 1335 de 1959, 144 de 1968, 107 de 1983, los cuales después fueron derogados por del decreto 1365 de 1986. El ministerio de Desarrollo (hoy de Vivienda, ciudad y territorio) reconoció la necesidad de modificar la legislación anterior para actualizarla y dejarla acorde con el desarrollo físico y normativo de las ciudades y municipios.
En Agosto del 2001 se creó la ley 675, la cual determinó la división, organización, derechos y deberes de las copropiedades que cuentan con bienes privados y comunes. Ley que hoy rige a la propiedad horizontal.
Al ingresar y comenzar el año 2000, los principios, valores y elementos esenciales de la ley, los cuales se construyeron con base en conocimientos, experiencias y resultados del siglo anterior. Hoy, 19 años después debido a los nuevos avances, los grandes cambios tecnológicos que han ocurrido en el sector construcción y en la adaptación de nuevas formas de vivir, hacen que la ley en ocasiones no llegue a abarcar como afrontar los nuevos retos, consecuentes de la innovación, la conectividad y la comunicación digital . Dichos cambios hacen que surja la siguiente pregunta:
¿Será hora de actualizar el régimen de propiedad horizontal y empezar una transición que construya un nuevo modelo para introducir nuevas formas, herramientas y tecnología propias del siglo XXI?
Con esta rápida historia me gustaría conocer tu opinión, ¿Consideras necesario hacer una transición a un nuevo modelo o la ley con la que hoy contamos sigue siendo vigente y da solución a los temas de la propiedad horizontal?.
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