Ahora, surgen algunas dudas; ¿Aún están vigentes estos decretos? ¿Para el 2021 se pueden realizar asambleas virtuales?
A continuación resolveremos estas preguntas con base en los últimos comunicados e informes emitidos por el Gobierno Nacional.
Es importante que los líderes (administrador, presidente de la asamblea, secretario de la asamblea y moderador) puedan trazar algunas reglas para que las intervenciones, comentarios y elecciones se lleven a cabo de forma ordenada, efectiva y amena.
¿Como poder realizar una asamblea exitosa? Esta pregunta es muy recurrente en los miembros del consejo y los administradores.
A continuación te compartimos los sencillos pasos que necesitarás para llevar a cabo tu asamblea de la mejor forma con la plataforma de Propiedata.
En lo que va de año, hemos visto cómo a través de decretos y resoluciones se ha promovido el teletrabajo, las reuniones virtuales y un cambio evidente en la forma de laborar en las empresas y las personas. La propiedad horizontal no se queda atrás en estos avances.
La conectividad ahora permite que los miembros de las copropiedades puedan mantenerse en contacto. Si bien, esto es fundamental en el día a día también es importante hacer una transición en la forma como se toman las decisiones.
Con base en los decretos 398, 434 y 579 y la Resolución 844 de mayo 26 de 2020 del Ministerio de Salud en articulación con el Decreto 637 de mayo 6 de 2020, sancionados por el gobierno nacional, usted debe conocer las siguientes precisiones.
A través de los casos de éxito que hemos obtenido con la plataforma de Asambleas virtuales de Propiedata hemos recopilado las preguntas más frecuentes que han surgido en los administradores y queremos compartir como con el equipo de Propiedata hemos resuelto cada una de ellas.
La comunicación digital y el confinamiento que hoy vivimos han acelerado el uso indispensable de la tecnología y de las reuniones no presenciales en gran parte de los sectores económicos; la propiedad horizontal es uno de ellos.